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19.12.2018

Con fecha 18 de diciembre de 2018 se ha publicado el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Esta medida, pretende aliviar los siguientes problemas:

La grave situación económica y social de las familias para afrontar el pago de una vivienda, el aumento de los precios, la escasez de vivienda social, el elevado número de desahucios y las dificultades de acceso a la vivienda por parte de los discapacitados.

A continuación se resumen las novedades más significativas:

-Duración: El periodo mínimo de duración del alquiler pasa de tres a cinco años, y a siete si el arrendador fuese una persona jurídica.
-Actualización de renta: Los contratos de renta reducida no podrán tener incrementos de precio superiores al del IPC.
-Fianza y garantía adicional: La garantía adicional a la fianza, se limita al importe máximo de dos mensualidades.
-IBI: Los ayuntamientos podrán establecer bonificaciones a los pisos alquilados y penalizaciones a los pisos vacíos.
-Desahucios: Para los inquilinos que se encuentren en situación de vulnerabilidad se adoptaran las medidas que los servicios sociales estimen oportunas, durante un plazo máximo de suspensión de un mes o de dos meses si el demandante es una persona jurídica.
-Viviendas turísticas: Quedan excluidas de la regulación de la ley de arrendamientos urbanos y se facilita que las comunidades de vecinos limiten el uso mediante el voto favorable de tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Fuente: BOE

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