[blank h=»30″]

[/blank]

[blank h=»30″]

[/blank]

[column width=»1/1″ last=»true» title=»» title_type=»single» animation=»none» implicit=»true»]

La Agencia Tributaria ha publicado este viernes la instrucción que permitirá el aplazamiento y fraccionamiento del IVA y otras deudas tributarias a pymes y autónomos en 2017, que precisa el real decreto-ley que aprobó el Gobierno en diciembre en el que se endurecían dichos aplazamientos para ingresar unos 1.500 millones de euros adicionales.

La instrucción aclara que los autónomos podrán seguir aplazando o fraccionando el pago del IVA y otras deudas tributarias inferiores a 30.000 euros sin aportar garantías y lo podrán seguir haciendo durante un periodo máximo de 12 meses, salvo que el contribuyente solicite un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederán los plazos solicitados.

Para importes mayores se podrá pedir hasta un máximo de 36 mensualidades y será necesario acreditar que no se han cobrado las cuotas de IVA repercutidas. La periodicidad de los pagos será, en todo caso, mensual y se tramitarán mediante un mecanismo automatizado de resolución.

En el caso de las empresas, también podrán aplazar las deudas inferiores a este importe sin presentar garantías pero en este caso durante un plazo máximo de seis meses.

Exigencia de las organizaciones

La aclaración de Hacienda se publica antes del día 30 de enero, tal y como habían solicitado las principales asociaciones de autónomos y algunos partidos políticos, ya que ese día vence el plazo de liquidación del IVA del ejercicio 2016.

Precisamente ayer el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, indicó en el Congreso la intención del Gobierno de evitar que el endurecimiento de los aplazamientos de pago de deudas tributarias aprobado en diciembre perjudicara a pymes y autónomos, de forma que estos pudieran seguir aplazando el pago del IVA, el principal impuesto afectado por esta medida.

Fuente: El Economista

[/column]