Con el comienzo del año no podemos olvidar que son numerosas las obligaciones tributarias que deben cumplir las empresas y los autónomos con la Agencia Tributaria. Además de las declaraciones correspondientes al cuarto trimestre (IVA, retenciones, pagos fraccionados, etc.), deben presentarse los resúmenes anuales de dichas declaraciones.
Los resúmenes anuales son declaraciones informativas, que como su nombre indica resumen las declaraciones que se han presentado durante el año anterior.
Por ejemplo en el supuesto de presentar declaraciones por retenciones practicadas a los empleados, se declarará mediante el modelo 190 la suma de las retenciones identificando a cada uno de los trabajadores con sus datos personales. En el supuesto de presentar declaraciones de IVA (Modelo 303), salvo ocasiones excepcionales, deberá presentarse el resumen anual (Modelo 390) desglosando las operaciones realizadas durante el año anterior.
Aunque dichas declaraciones informativas no conllevan tener que realizar un pago, es muy importante comprobar si estamos obligados a ellos, porque en el supuesto de no hacerlo o hacerlo fuera de plazo, nos expondremos a ser sancionados mediante una multa que puede ascender a 300 euros.
Además de tener que cumplir con dichas obligaciones, es muy importante revisar el calendario de la Agencia Tributaria relativo a enero, porque que a diferencia de otros meses, se establece que las obligaciones relativas al IVA (declaración y resumen) deben presentarse antes del 30 de enero, las retenciones el 20 de enero y los resúmenes anuales el día 31 de enero.
Si tiene cualquier duda, póngase en contacto con nosotros para asesorarle adecuadamente.
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