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Con cientos de procedimientos a nuestras espaldas, por fin hemos alcanzado el éxito que tanto esperábamos. El Tribunal Supremo nos ha dado la razón, afirmando que la prestación de la Seguridad Social que reciben las mujeres durante su baja por maternidad de 16 semanas no debe pagar impuestos. Textualmente declara que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF.
Las reclamaciones pueden llegar en algunos casos a 6.000 euros por cada hijo y existe la posibilidad de reclamar desde las bajas producidas en el 2014 y en adelante.
Si este es su caso, póngase en contacto con nosotros para estudiar su situación sin ningún compromiso. Realizaremos las gestiones y recursos que sean necesarios. Además tenga en cuenta que únicamente tendrá que abonar nuestros honorarios en caso de éxito.
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