Todos los padres autónomos tienen derecho a disfrutar del permiso por paternidad una vez haya nacido su hijo. Esto es todo lo que debes saber sobre el permiso por paternidad siendo autónomo.
En primer lugar debes cumplir una serie de requisitos básicos para solicitar el permiso por paternidad:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social y Hacienda y al corriente de pago
- Comunicar el nacimiento en un plazo máximo de 15 días.
- Tener un mínimo de tiempo cotizado de 180 días a lo largo de los 7 años inmediatamente anteriores al disfrute del permiso o, alternativamente, 360 días a lo largo de toda tu vida laboral.
Duración de la prestación
En la actualidad es progresiva:
Disfrute permiso | Periodos | Total | Obligatorias |
|
Madre Biológica | Desde el 01/04/2019 | 16 semanas | 6 semanas | 10 semanas |
Otro progenitor | 01/04/2019 a 31/12/2019 | 8 semanas | 2 semanas | 6 semanas |
Otro progenitor | 01/01/2020 a 31/12/2020 | 12 semanas | 4 semanas | 8 semanas |
Otro progenitor | A partir del 01/01/2021 | 16 semanas | 6 semanas | 10 semanas |
( Las semanas obligatorias deben ser inmediatas a la fecha del parto )
Salvo en el País Vasco, que es posible disfrutar del permiso de 16 semanas.
Cuantía de la prestación
La cuantía del permiso por paternidad será del 100% de la base reguladora de cotización.
Durante el permiso por paternidad la cuota de autónomos está bonificada al 100% y exenta de tributar por IRPF.
Para solicitar el permiso de paternidad, previa solicitud de cita en el INSS, hay que presentar los siguientes documentos originales:
- El modelo de la Seguridad Social correspondiente rellenado ( descargar de la web de la TGSS )
- En caso de que queramos disfrutar el permiso en múltiples periodos, debemos rellenar otro documento que se puede descargar en la página web de la Seguridad Social.
- En caso de que queramos disfrutar el permiso a tiempo parcial, debemos descargar otro documento de la web de la TGSS
- El informe médico del nacimiento
- El libro de familia o la certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil.
- La declaración de situación de actividad como trabajador por cuenta propia ( descargar de la web de la TGSS )
- Modelo 145 ( descargar de la web de la Agencia Tributaria )
Una vez presentada la documentación anterior, el INSS envía la resolución de la solicitud al domicilio del interesado, recibiendo el primer ingreso la segunda semana del mes siguiente al reconocimiento de su prestación.
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